ACERCA DEL SELLO CRÍSTICO DE LA ORDEN REAL DE HEREDOM DE KILWINNING
Ante la posibilidad de que algunos HHnos.·. – especialmente de otras Obediencias – planteen preguntas acerca de nuestras ceremonias, juramentos y consagraciones, de carácter eminentemente cristiano, en conocimiento de la poca o mala información existente sobre la Orden Real y en previsión de la casi segura calificación de carencia de "universalidad" es que se puntualiza lo siguiente:
· Aquellos que instituyeron la Orden Real de Heredom de Kilwinning, como representantes legítimos del Templarismo Masónico escocés, jamás concibieron a la misma como ajena al Cristianismo pues ello significaría abjurar de sus remotos orígenes.
· El mensaje de Cristo es universal y dicho carácter se pone de manifiesto por la ofrenda de los tres Reyes Magos en la Nochebuena: oro, incienso y mirra que representan el triple poder real, sacerdotal y profético de Jesucristo. Por su cualidad sacerdotal "según el Orden de Melki-Tsedek", Jesús une indisolublemente al Cristianismo con la Tradición Primordial Paradisíaca, tal como lo señalara oportunamente el Hno.·. René Guénon.
· Otro de los motivos de la extrema firmeza del mantenimiento del sello crístico de la Masonería de Heredom fue el enfrentamiento a la severa descristianización de los rituales operativos originales en que incurrieron los oportunistas que organizaron la Gran Logia de Londres, lo cual impulsó una decidida defensa de la Tradición.
· Recordemos el testimonio del ilustre Hno.·. Joseph de Maistre, Gran Profeso del Rito Escocés Rectificado, quien en una carta al duque de Brunswick-Luneburg, fechada en 1782, hace referencia al "Cristianismo Primitivo" y afirma que "la verdadera religión tiene mucho más de 18 siglos" y que "ella nació el día en que nacieron los días..."
Es en esa universalidad y en ese estado del espíritu que la Orden Real realiza, más allá del paso de los siglos, el plan del Gran Arquitecto del Universo.
Si bien la Orden Real posee, desde su origen un sello crístico y templario, ello no obsta para recibir en su seno Candidatos de otras tradiciones regulares bajo las siguientes condiciones generales:
1) Estar debidamente calificados física, psíquica y espiritualmente.
2) Estar informado y aceptar expresamente el sello crístico antedicho como marca indeleble de la Orden Real sin que ello los obligue a ningún tipo de conversión.
Obviamente, quedan descalificados los ateos y los participantes en todas las formas restantes de la disolución pseudo-espiritual moderna.
La Orden Real no realiza actividad confesional ni política de ningún tipo reservando tales prácticas al exclusivo dominio individual.
http://hrdm.com.ar/sellocristico.htm
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