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domingo, 22 de septiembre de 2019

LAS CONSTITUCIONES DE ANDERSON ALGO MÁS QUE UNA QUERELLA (II)

Víctor Guerra

Como veíamos en el post anterior, la famosa genealogía que Anderson se saca de la manga, para adornar nuestra historia servirá a la “regularidad” como excusa para ahondar en ese cierto espíritu tradicionalista y cristiano y hasta operativo que nos muestra el abate Anderson, y a cuya tradición se empeña la propia “regularidad” en enraizarse y en reinterpretarla a su conveniencia pese a que los avances historiográficos nos están indicando que esa operatividad de las logias, o esa historia de la transición no fue tal. Además esa pretensión de la rama más ortodoxa de masonería va a contrastar vivamente con la segunda parte de estas Constituciones, llamadas de Anderson, “las Obligaciones del Francmasón y los Reglamentos Generales”, que no vienen de la mano de Anderson sino de Desaguliers.

Es más, la codificación en la que se basa la “regularidad” de 1929 es la negación misma de las Obligaciones del Francmasón y los Reglamentos Generales, en los cuales queda nítidamente mostrado que se “aspira a establecer la fraternidad entre los hombres irrevocablemente ligados por la voluntad revelada de un Creador“ sin que por ello esa figura tuviera alguna esencia más allá de una “declaración de reconocimiento” basada en un espíritu ecuménico que describe Negrier en su libro “Eclecticismo Masónico”, donde nos expone que el paso del catolicismo al anglicanismo es como bastante insensible en los “Old Charges” mientras que el pasaje de ese anglicanismo imperante a la religión natural es como más evidente en las Constituciones; y es por ello que ese cambio, esa tensión que se halla en las Constituciones entre Operatividad y Ecumenismo debemos tenerla en cuenta porque será lo que condicione toda nuestra historia.

Historia que arranca precisamente en el momento en que se escriben entre dos concepciones parecidas pero a la vez sibilinamente distanciadas las famosas Constituciones de Anderson dando origen de este modo a la llamada “Querella entre Antiguos y Modernos”.

Tensión que se va a dejar notar, no tanto en Inglaterra, sino cuando la masonería se traslade a Francia, ya que los masones franceses se plantean prometer y respectar los “Old Charges” pues entienden que son las prescripciones fundamentales de la Orden francmasónica, pero no ignoran que detrás también se esconde su esencialidad católica y anglicana, y se encuentran en como nos dice Marius Lepage “Ils conçues qu´on ne Pert en prende et en laissez. Il faut les prende en bloc ou les remeter en bloc”

A este respecto hay que apuntar también que la figura de Anderson y sus Constituciones, ha cobrado vida en Francia y más en estos últimos tiempos, ya que cuando se rastrea la bibliografía de estudiosos como Findel, Baylot, Buonarotti, Blanqui, Ragón, Magnan o Desmons no encontramos en sus escritos dicha figura, ni apenas si rastreamos citas o anotaciones importantes a dichas las Constituciones, y cuando se hacen vemos que se hacen de una forma referencial, como dice Daniel Ligou: “el interés que le ha concedido en el siglo XX la masonería francesa con relación a las Constituciones de Anderson es puramente ocasional”

Tal vez esa presencia esté más presente en España y posiblemente más relacionada con el Rito Escocés Antiguo y Aceptado, el cual parece más interesado en enraizarse con las cuestiones deístas y la operatividad y la tradición que manifiestan en alguna de sus partes las citadas Constituciones.

Las Constituciones de los Francmasones ó las Constituciones de Anderson, y todos sus cambios.

Estos textos legislativos fueron publicados para su uso de la Gran Logia de Londres, fundada precisamente en Londres en 1717, y bajos los auspicios fueron editados en 1723, 1738, 1756 en 1767 y 1774, que será la última que los publique la Gran Logia de los “Modernos”.

Estas Constituciones constas de tres partes: 1ª sección histórica, una 2ª dedicada a la parte disciplinaria dividida en otras dos partes: las Obligaciones del Masón, y Reglamentos Generales de la Orden Masónica, y una 3ª dedicada al tema cancioneril.

Esta división hay quien como Daniel Ligou, que la divide en 4 al contemplar como parte individual tanto las Obligaciones como los Reglamentos. Como tales textos hubo unas modificaciones en 1723 y en 1784, donde se cambia por ejemplo: una palabra en el artículo 1 línea 2; hubo otra a sustitución del grado de Maestro Masón, por Compañero Articulo IV párrafo 2 línea 2; y otro cambio fue el de “Maestro de una Logia regular por Compañero” Articulo IV , párrafo 2 línea 6, y así hasta totalizar unos seis cambios que podemos considerar menores en cuanto a que no incidían en la esencia.

En la 2ª edición de las Constituciones (1738), Anderson aporta ciertas modificaciones a las “obligaciones de un francmasón”, que no serán aprobadas y que por tanto no aparecerán en las ediciones de 1756-1767 y 1784, pero será en 1815 en función de razones particulares cuando la Gran logia toma el titulo de Gran Logia Unida de Inglaterra y por tanto modifica substancialmente el primer capitulo de las Obligaciones para darle la forma religiosa que hoy conocemos, desapareciendo de este modo el espíritu de tolerancia que se quería que tuvieran los textos reguladores de 1723.

De hecho nada nos indica, o nos sugiere en las originales Obligaciones de un Francmasón, ni en los Reglamentos Generales la obligación en una divinidad como formula para ser admitido en una logia, y es más en el original capitulo 1 dice: “El Masón está obligado por su “ternure” a obedecer la ley moral, y si debidamente comprende el Arte, el no será jamás ni un estúpido ateo, ni un “libertino” irreligioso”.

Pero es más las condiciones del artículo III, que Anderson confirma en 1738, de que no se niega la entrada en logia porque haya una no creencia, ya es bastante revelador, aunque sí observamos por ejemplo varias modificaciones con respecto al texto que se presentan de este modo en Las Obligaciones de un Francmasón (Extraídos de archivos de las logias de ultramar, de Inglaterra y Escocia e Irlanda y del uso de las logias de Londres) y cuyo capítulo 1º de 1723 se titula: Concerniente a Dios y la Religión, y se explaya de esta manera: “Pero aunque en tiempos antiguos los masones estaban obligados a pertenecer a la religión dominante en su país , cualquiera que fuere, se considera hoy mucho más convenciste obligarlos tan solo a profesar aquella religión que todo hombre acepta, dejando a cada un libre en su individuales opiniones es decir, que han de ser hombres probos y rectos, de honor y honradez, cualquiera que sea el credo denominación que los distinga” .

En cambio en la edición de 1738 podemos observar que el titulo ya es distinto se le denomina Las antiguas Obligaciones de los Masones libres y Aceptados. En ese famoso articulo primero también se observa un cambio (que subrayo) 1. Obligación. Concerniente a Dios y la Religión : Un masón está obligado por su “ternure”(carácter) a observar la ley moral, en tanto que Noachita, [una religión anterior al antiguo testamento y de dimensión universal, celebrada por un Noé transfigurado en “ un padre de todos los pueblos”] en tanto que comprende “craft” (Cofradía) no será jamás un estúpido ateo ni un libertino irreligioso.. En los tiempos antiguos los masones cristianos se tenían que conforman con las costumbres cristianas de cada país en el que ellos trabajaban o viajaban. Mas la masonería existe en todas las naciones de religiones diversas…

En 1844 se produce otro cambio importante y el texto masónico por excelencia ya vuelve a presentar otro cambio en tu titulación, ahora es: Constituciones de la Antigua Cofradía de Masones Libres y Aceptados, conteniendo sus historias, obligaciones, reglamentos originalmente compilados por orden de la Gran Logia y extraídos de los antiguos archivos y tradiciones por James Anderson.

El capitulo que estábamos tratando ahora se titula Constituciones de la Cofradía de los Masones Libres y Aceptados. V parte. Conteniendo las Antiguas Obligaciones y los Reglamentos Generales de la Cofradía y las Tablas Necesarias & Constitución de 1784. Antiguas Obligaciones Recogidas de las Antiguos Archivos, y vuelve a repetir al punto de partida de 1723 “El Masón está obligado por su “ternure” (carácter) a obedecer la ley moral, y sí debidamente comprende el Arte, no será jamás ni un estúpido ateo, ni un “libertino” irreligioso”

Como podemos ver hay toda una diferente interpretación de las Constituciones Masónicas originales que ya comienzan en la forma de titular los textos, y cuyas modificaciones nos están hablando de las diferencias conceptuales que estaban sosteniendo entre los “Antiguos y los Modernos” , las cuales finalmente se plasmaron pasando el tiempo en dos entes tan antagonistas como la Gran Logia Unida de Inglaterra y el Gran Oriente de Francia y que representan ese espíritu de los “antiguos y los modernos”.

En este sentido el Gran Oriente se proclama heredero de las Constituciones de 1717 y 1723 ya que converge con ellas en que estima que para establecer una Humanidad de lazos fraternales entre todos los hombres, no se puede imponer ninguna creencia, estimando a su vez que la cualidad masónica no implica adhesión a un dogma determinado, a diferencia de lo que determina y enuncia la Gran Logia Unida de Inglaterra.

Estaba claro que detrás de todos esos cambio, había por parte de los “antiguos” ganas enraizarse en la tradición operativa que as u vez preconizaba todo un lazo de convicciones más profundas como los condicionamientos políticos y religiosos y teológicos.

La figura de Anderson en todo esto…?

Habría que ir viendo como se desarrollan los lideratos en la Gran Logia de Londres y ver cuales eran las tendencias político religiosas de cada momento, puesto que las reuniones trimestrales que tenían para ir definiendo el futuro marco legislativo había determinadas luchas que van a configurar ese marco del que vengo hablando de la famosa querella entre “Antiguos y Modernos” y que van en parte a representar Anderson y Desaguliers, los cuales no estarán en la portada de las Constituciones, ya que no eran dignatarios de la Orden, y en todo caso la figura de Anderson entrará en la historia masónica por el desarrollo de un conflicto entre los “gentleman” de los cuales Desaguliers que es su portavoz, y que contemplaba un desarrollo de la fraternidad en base a las “clases distinguidas”, frente al operativismo (tal vez más oportunista por temas religiosos) de Anderson que además se ve favorecido por el controvertido Duque de Warthon que en 1721 es quien elimina a dos dignatarios apara escoger a dos artesanos operativos y nombrarlos sus Grandes Vigilantes, lo cual viene a indicarnos la persistencia y profundidad del conflicto que se estaba dando.

Las cosas cambian en 1723, puesto que la tendencia de Desaguliers se coloca en primer lugar colocando al conde Dalkeith que deviene en Gran Maestre, viéndose Warthon relegado a “cubrir el templo”; y aunque Daniel Ligou, plantea que el conflicto fue más personal que ideológico o religioso, no hay que olvidar todo el entramado que nos ha contado en varias ocasiones P. Negrier sobre la composición y mixtura político religiosa y los desarrollos que se dieron de forma posterior, a comentados a su vez por Roger Dachez, y Meraux, lo cual me lleva a pensar que la tesis de Daniel Ligou desarrollada en la década de los años 90, hoy poca solidez ya que hay aportaciones historiográficas que vienen a demostrarnos que sí hubo detrás de la “Querella” y de las Constituciones algo más que desencuentros personales.

El posterior ascenso del Conde Montagu hace que de nuevo Anderson cobre relieve y con él toda la vieja tradición de los “Antiguos Deberes” perdiendo pie el posible contrapeso de Desaguliers y más cuando ignoramos el rol que estaba jugando el defensor de la filosofía Natural, y portavoz de la Royal Society, en unos momentos en que el viejo Cristofer Wren dejaba paso a regañadientes a la nueva masonería.

La figura de Desaguliers ha estado siempre un tanto desdeñada en Inglaterra, pese a que le fue fiel a la masonería hasta su muerte en 1744. Y aunque personalmente siempre creí que había sido Desaguliers quien había encargado el trabajo de la redacción de las Constituciones a Andersón, resulta según cuenta y documenta Daniel Ligou, que en la instalación del Conde de Montagu de septiembre de 1721 es éste el que le encarga al pastor Anderson la redacción del texto de los francmasones, en el cual intenta enlazar los “Antiguos Deberes” con las leyendas bíblicas en las que aparecen figuras como Adán o Zorobabel, eso sí mostradas sin llamativas heterodoxias y sin anacronismos y donde el “Templo” juega todo un papel culminante.

Digamos que lo que hace Anderson es rebuscar en el viejo tronco de los “Old Charges” una rama nueva que viniera a redefinir esa nueva “operatividad” que propone emparentándola a su vez con los viejos Compañeros constructores de las catedrales.

Pero no solo es literatura lo que estaba proponiendo Anderson, detrás de toda esa cáscara vieja de los Antiguos Deberes que estaba predicando se encontraba como el concepto de autoridad, (recuérdese las frases en las Constituciones sobre el Señor y servir al señor…) con ello estaba proponiendo de nuevo un fuerte control de la vida de las logias y por supuesto poder intervenir en los litigios; como deja claro el Manuscrito Cooke, y como reinterpreta Anderson con sabiduría en la aplicación del principio de la lealtad “apolítica de la Institución” a este respecto se debe tener en cuenta la gran presencia estuardista en las logias la cual además actuaba como una fuerza política, y por tanto, Anderson se plega a todo ello adaptando las viejas obligaciones corporativas a la nieva situación, intentando a su vez realizar un síntesis entre dos exigencias operativas tradicionales pero desprovistas de sentido en la nueva realidad de 1723.



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